En este caso, se trataba de unas subvenciones concedidas por la Junta para fomentar la incorporación de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la actividad de los autónomos y de las pequeñas y medianas empresa andaluzas. Tales subvenciones fueron rubricadas el 31 de julio de 2003 por el entonces consejero de Empleo, José Antonio Viera y publicadas en el BOJA de 19 de agosto. Eran para comprar ordenadores y otras tecnologías. Pero el informe del Interventor advertía de que existía «un desfase presupuestario» de 43 millones en esas ayudas otorgadas por Empleo. «Habiendo generado la Junta obligaciones presupuestarias sin cobertura, hizo un gasto de 87 millones de euros y se superó el límite de gastos aprobados en 43 millones», decía el informe del interventor. Pero esa no era la única advertencia, ya que también cuestionaba el procedimiento de transferencias de financiación de capital.
Aunque la orden que daba las ayudas establecía en su disposición adicional segunda que por la Consejería de Empleo «se transferirán al Instituto de Fomento de Andalucía los fondos correspondientes para dar cobertura al programa», extrañamente, las ayudas se gestionaron a través de otra empresa, denominada FAGIA (Fomento, Asistencia y Gestión Integral de Andalucía) creada en mayo de 2002 y que tenía como objeto el apoyo al IFA. Sin embargo la Intervención advirtió que la figura de transferencia de capital no está prevista en la legislación. «Esta delegación realizada a favor del IFA abarca un ámbito de actuación que no cabe en la figura existente de la entidad colaboradora. Esta figura con el alcance que abarca la delegación no está prevista por la regulación actual», dice el documento textualmente.
También alertaba de la «vulneración de la norma» al utilizar fondos que debían servir para financiar gasto corriente de la empresa para otros fines y pagos. Y se insistía en que «la elección por el gestor de una figura u otra no se reduce, como es evidente, a una mera cuestión de forma, es de fondo» ya que, al parecer la intención era esquivar el control que establece la norma para estos casos. Por eso la Intervención decía que el encargo «hubiera exigido fiscalización previa, valoración económica y una serie de documentos para el pago». La diferencia entre ambos procedimientos reside «en la intensidad del control previo al pago». El informe pone de manifiesto el descontrol que existía en Empleo, otra vez y en otro campo, en la concesión de ayudas.
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